La intervención de la Administración General del Estado en la Generalitat de Catalunya también afectó a una de las actividades más importantes de cualquier Administración: la contratación. Todos los contratos iban acompaňados de un certificado con enlace a la AEAT. En ellos, se justificaba el destino de los pagos, exponiendo que en ningún caso iban destinados a financiar una actividad ilícita o contraria a las decisiones de los tribunales (sin especificar más).
Se supone que alguien del Gobierno Central recibía, ordenaba y validaba dichos certificados. Digo que se supone porque debido al volumen de contratos y de facturas generados por la Generalitat, se acumuló mucha información, la cual debía ser difícil de gestionar si tenemos en cuenta la limitación de recursos humamos que se disponían y se disponen.
La intervención fue crítica a partir de la entrada en vigor del Acuerdo del Senado que imponía autoritariamente una serie de medidas al amparo del 155 CE. Entre otras, la decapitación de la Dirección politica de la Generalitat. Esto, afectó directamente a la actividad de la Administración catalana.
En ese contexto, los subalternos se quedaron huérfanos y sin rumbo. Para cualquier evento, solicitaron informes jurídicos y se apoyaron en los hasta entonces ninguneados de la Generalitat: los directores de las distintas áreas, la mayoría con carrera de funcionario y expertos en gestión pública.
Sin una actividad política en las Conselleries sólo permanecía en funcionamiento la maquinaria gestora. Nunca antes hubo una Generalitat tan burocrática cómo la de estos meses bajo la intervención. La contra, la paralización de la implementación de politicas públicas, muchas de ellas sociales.
El 155 provocó también que el DOGC estuviese en mínimos. La publicación de normas fue escasa, si bien esta parálisis no empezó con el 155 sino en los meses previos, en los que se publicaron normas relacionadas con el procés. Muchas de ellas fueron suspendidas posteriormente por el Tribunal Constitucional.
Por último cabe destacar que en plena intervención, entró en vigor una nueva ley de contratación pública. Esto provocó una intensa actividad licitadora hasta el día 8 de marzo, así cómo un repunte notorio de llamadas al BOE.
La contratación pública, es una de las actividades más importantes de las Administraciones Públicas que requiere por parte del poder adjudicador una seguridad jurídica que el 155 no proporcionaba, rompiendo la coordinación que se requiere a toda actuación administrativa, la cual quedó reducida a mínimos durante este periodo.
Este texto ha sido escrito a partir de las vivencias personales en el seno de un órgano de contratación pública de la Generalitat de Catalunya.
Se supone que alguien del Gobierno Central recibía, ordenaba y validaba dichos certificados. Digo que se supone porque debido al volumen de contratos y de facturas generados por la Generalitat, se acumuló mucha información, la cual debía ser difícil de gestionar si tenemos en cuenta la limitación de recursos humamos que se disponían y se disponen.
La intervención fue crítica a partir de la entrada en vigor del Acuerdo del Senado que imponía autoritariamente una serie de medidas al amparo del 155 CE. Entre otras, la decapitación de la Dirección politica de la Generalitat. Esto, afectó directamente a la actividad de la Administración catalana.
En ese contexto, los subalternos se quedaron huérfanos y sin rumbo. Para cualquier evento, solicitaron informes jurídicos y se apoyaron en los hasta entonces ninguneados de la Generalitat: los directores de las distintas áreas, la mayoría con carrera de funcionario y expertos en gestión pública.
Sin una actividad política en las Conselleries sólo permanecía en funcionamiento la maquinaria gestora. Nunca antes hubo una Generalitat tan burocrática cómo la de estos meses bajo la intervención. La contra, la paralización de la implementación de politicas públicas, muchas de ellas sociales.
El 155 provocó también que el DOGC estuviese en mínimos. La publicación de normas fue escasa, si bien esta parálisis no empezó con el 155 sino en los meses previos, en los que se publicaron normas relacionadas con el procés. Muchas de ellas fueron suspendidas posteriormente por el Tribunal Constitucional.
Por último cabe destacar que en plena intervención, entró en vigor una nueva ley de contratación pública. Esto provocó una intensa actividad licitadora hasta el día 8 de marzo, así cómo un repunte notorio de llamadas al BOE.
La contratación pública, es una de las actividades más importantes de las Administraciones Públicas que requiere por parte del poder adjudicador una seguridad jurídica que el 155 no proporcionaba, rompiendo la coordinación que se requiere a toda actuación administrativa, la cual quedó reducida a mínimos durante este periodo.
Este texto ha sido escrito a partir de las vivencias personales en el seno de un órgano de contratación pública de la Generalitat de Catalunya.
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